Durante la Reunión Intersectorial del Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO) y el Consejo de Ministros de Salud de Centroamérica y República Dominicana (COMISCA), realizada el jueves 28 de mayo de 2020, se aprobaron los Lineamientos de Bioseguridad, ante la COVID-19, aplicables al Sector del Transporte Terrestre Centroamericano, que entraron en vigor el 7 de junio de 2020.
El documento fue elaborado por el Grupo Interinstitucional integrado por representantes del COMIECO, COMISCA, autoridades de migración, el Comité Aduanero Centroamericano, la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA), la Secretaría General de la Integración Centroamericana (SG-SICA) y la Secretaría Ejecutiva del COMISCA.
Los Lineamientos de Bioseguridad tienen por objetivos establecer procedimientos coordinados para evitar la propagación de la COVID-19; garantizar la salud de los transportistas de carga, limpieza y desinfección de medios de transporte y la fluidez del comercio en los puestos fronterizos terrestres; salvaguardar la salud de los ciudadanos y de los funcionarios que ejercen controles en los puestos fronterizos terrestres y la de los usuarios; garantizar el desarrollo de las operaciones que se realizan en los puestos fronterizos terrestres para el paso de mercancías, medios de transporte y transportistas; y, fortalecer la coordinación y cooperación de las autoridades que ejercen controles en los puestos fronterizos terrestres, tanto a nivel nacional, binacional entre los puestos fronterizos colindantes y a nivel regional.

El documento detalla que los lineamientos aplican a:
– Los puestos fronterizos terrestres.
– Los funcionarios que ejercen controles en los puestos fronterizos terrestres, incluyendo sanitarios y fitosanitarios, aduaneros, migratorios, salud, seguridad, entre otros.
– Las personas debidamente registradas y autorizadas, por la autoridad competente, que ejecuta o hace ejecutar el transporte internacional de mercancías.
– Los conductores o pilotos de los medios de transporte de carga que realicen gestiones de ingreso o salida en los puestos fronterizos terrestres.
Además, el documento oficial se especifican los lineamientos que deberán seguirse de forma obligatoria.
Algunos de los puntos establecidos son los siguientes:
Las empresas de transportes de carga, así como los trabajadores que ingresen a las instalaciones de las mismas, deberán cumplir con los Protocolos Internacionales aprobados entre éstos:
a) Desinfección de áreas de trabajo generales y de estacionamiento de los medios de transporte.
b) Desinfección de los medios de transporte antes y después de cada servicio/operación.
c) El uso permanente de la mascarilla.
d) Establecer punto de inspección para la toma de temperatura de todos los trabajadores que ingresan a las instalaciones
e) Mantener las distancias recomendadas entre personas (entre 1.5 y 2 metros).
f) Utilizar el lavado de calzado o pediluvio con una solución desinfectante.
g) Instalar dispensadores de alcohol en gel de manos a base de alcohol al 70% en las áreas de ingreso para la desinfección de manos.
h) Los trabajadores que presenten temperatura por encima de 37.5°C no podrán ingresar a las instalaciones, se les debe remitir a los centros de salud correspondientes
i) Realizar lavado de manos con agua y jabón y/o desinfección con alcohol o gel desinfectante de mano (a base alcohólica del 70 %) al ingresar o salir de las instalaciones.
j) Es recomendable que las empresas reorganicen sus operaciones de tal manera que si tienen conductores o pilotos que presentan mayores riesgos de salud puedan asignarles otras funciones dentro de la empresa para no exponerles durante los viajes y disminuir el riesgo de contagio.
k) Los conductores o pilotos deberán cumplir con todas las disposiciones sanitarias antes, durante y después de iniciar un viaje
Replay Seminario virtual Lineamientos de Bioseguridad aplicables al sector del transporte terrestre que desarrolló la SIECA junto a Secretaría Ejecutiva del COMISCA (Consejo de Ministros de Salud de Centroamérica)
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